La Inversión Extranjera Directa (IED) es uno de los rubros que sostiene la economía del país. De acuerdo con cifras emitidas por organismos oficiales, durante nueve años la República Dominicana captó un total de US$22,358.7 millones por concepto de Inversión Extranjera Directa (IED), lo que equivale a un promedio anual de US$2,484.3 entre los años de 2010 y 2018.
Estados Unidos se mantiene como el país con mayor cantidad de capital invertido en el país, para un total de US$4,701.3 millones, seguido de Canadá (US$4,346.4 millones), Brasil (US$2,336.2 millones) y España (US$1,314 millones), según lo establece el Banco Central.
Dada la importancia que representa este renglón de la economía, se hace pertinente conocer cuál es el marco legal para las empresas que desean invertir su capital en la República Dominicana, punto que se detalla en la quinta edición de la Guía del Inversionista. En este apartado, responderemos cuatro preguntas vinculadas a la inversión extranjera.
- ¿Cuáles son las leyes que rigen la inversión extranjera en RD?
Hay tres leyes que detallan el régimen legal aplicable a las inversiones extranjeras. Estas son:
- Ley No. 16-95 Sobre Inversión Extranjera en República Dominicana, que otorga inventivos especiales a personas extranjeras y personas físicas nacionales residentes en el exterior que realicen aportes a una empresa que opere en la República Dominicana. Regula las formas y tipos de inversión extranjera, sus destinos, derechos y obligaciones de los inversionistas, entre otros.
- Ley 98-03 que crea el Centro de Exportación e Inversión de República Dominicana, entidad que promueve e incentiva la inversión en el país, además trabaja para asistir a los exportadores, a través del mejoramiento del comercio exterior y el fomento del intercambio comercial entre los países.
- Reglamento 214-04 sobre Aplicación del Registro de Inversión Extranjera en RD, que establece las formalidades para el registro de la inversión extranjera, las remesas o repatriación de capitales, entre otros temas vinculados a la inversión.
- ¿Hay límites para las empresas que deseen invertir en el país?
En principio, la legislación dominicana no establece limitaciones ni restricciones para la participación de los extranjeros en actividades económicas, sin embargo, no permite la inversión en los siguientes renglones:
- Disposiciones o desechos de basura tóxicas, peligrosas o radioactivas no producidas en el país.
- Actividades que afecten la salud pública y el medio ambiente.
- Producción de materiales y equipos vinculados a la defensa y seguridad nacional.
- ¿Qué debe hacer una empresa interesada en invertir en el país?
De acuerdo a la Ley No. 98-03 y el Reglamento 214-04, un inversionista extranjero que desee registrar su inversión deberá depositar en el CEI-RD una solicitud de registro de inversión extranjera y demás formalidades exigidas dentro de un plazo de 180 días calendario a partir de la fecha en que se realiza la inversión.
El CEI-RD procede a evaluar la solicitud y emitir el Certificado de Registro correspondiente en un plazo de 15 días laborables,
- ¿Cuentan con alguna protección los inversionistas a raíz del DR-CAFTA?
Dado que la República Dominicana es signataria del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos y Centroamérica (DR-CAFTA), se establecen reglas para proteger a los inversionistas de cualquier país de ser objetos de acciones gubernamentales injustas y discriminatorias.
Además de las protecciones adicionales que otorgan las leyes dominicanas, el DR CAFTA les concede a los inversionistas:
- Un trato no discriminatorio con relación a los inversionistas nacionales y los inversionistas que no son partes del acuerdo
- Límites en requerimientos de desempeño
- Libre transferencia gratuita de los fondos relacionados a una inversión
- Protección contra expropiaciones que incumplan las reglas del derecho internacional consuetudinario
- Un nivel mínimo de trato acorde con el derecho internacional
- La posibilidad de contratar personal gerencial clave sin importar su nacionalidad
- Un procedimiento de solución de disputas entre el inversionista y el Estado.
En adición a estas consideraciones, el DR-CAFTA proporciona un mecanismo para que el inversionista pueda someter un reclamo en contra de otra parte por daños a un arbitraje internacional obligatorio.
Conociendo la Guía del Inversionista
Desde su lanzamiento en enero de 2020, la quinta edición de la Guía del Inversionista ha concitado el interés de decenas de profesionales interesados en conocer a profundidad el marco legal del país.
La Guía del Inversionista de AMCHAMDR aborda temas que precisan conocer las personas o empresas que busquen invertir en el país y además acompaña al potencial inversionista de capital local y extranjero en todas las etapas del proceso de inversión.
La quinta edición de la publicación compiló toda la legislación vigente en el país relativa al desarrollo de los negocios, dentro de la cual destaca el marco jurídico con que cuenta la República Dominicana para convertirse en un Hub Logístico Regional.
Entre ellas se destaca el marco legal existente para conformar el Consejo Nacional de Competitividad y el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, los cuales adecuan al país a los acuerdos internacionales en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La Guía del Inversionista, que consta de 9 capítulos y 52 títulos, fue elaborada y revisada por profesionales pertenecientes a firmas de abogados que componen el Comité Legal. Para descargar el documento, acceda a este enlace: https://amcham.org.do/index.php/publicaciones-especiales